TCu Informe 1113. Contrato de GSP, contenido: incorporación de la documentación acreditativa de su régimen jurídico básico.

TCu Informe 1113. Contratación EELL de Cantabria. Contrato de gestión de servicio público: contenido. La tramitación de un expediente de gestión de servicio público exige que se incorpore la documentación acreditativa de su régimen jurídico básico, sin que resulte ajustado a la norma que dichos documentos sean elaborados por el adjudicatario.

“En los expedientes de contratación del servicio público del tanatorio municipal, con acondicionamiento interior de los velatorios, del Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna (número 12 del Anexo), de gestión de servicio público de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de residuos urbanos del Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana (número 22 del Anexo) y de gestión del servicio público de suministro de agua y alcantarillado, celebrado por el Ayuntamiento de Valdáliga, (número 33 del Anexo) no se incluye la documentación acreditativa relativa a su régimen jurídico básico, con expresión de los reglamentos reguladores del servicio y de los aspectos jurídicos, económicos y administrativos previstos en los artículos 116 de la LCSP, 132 del TRLCSP y 67.4.a del RGLCAP, al determinar la Administración respecto del primero de los expedientes solo el horario de funcionamiento y ocupación del tanatorio y el precio público por el servicio; en el PCAP se preveía que “el concesionario someterá a la aprobación del Ayuntamiento el Reglamento interior de la explotación”, lo que evidencia su inexistencia previa.

En el segundo de esos expedientes constaba únicamente, varios documentos carentes de fecha y de firma —cuadros de costes del servicio, planos del municipio en relación a trayectos y frecuencia del servicio y una “memoria valorada del servicio y su valoración económica” con el membrete de una empresa ajena al Ayuntamiento-”. 

 

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