TCu Informe 1113. Cuantificación de la garantía: el importe de la garantía se determina en función del importe de adjudicación, o, en su caso, de licitación, teniendo en cuenta la duración total del contrato.

TCu Informe 1113. Contratación EELL de Cantabria. Régimen de garantías: cuantificación. El importe de la garantía se determina en función del importe de adjudicación, o, en su caso, de licitación, teniendo en cuenta la duración total del contrato.

“En los contratos números 5, 18, 19, 26, 27 y 31 del Anexo se constituyeron las garantías teniendo en cuenta una anualidad, cuando estos contratos tenían un plazo plurianual, lo que no fue acorde con el artículo 95.1 del TRLCSP que, como se ha señalado, establece que la fianza ha de constituirse por el importe de adjudicación.

III. Conclusiones

19. Se han observado diversas deficiencias en la constitución de las fianzas definitivas de algunos contratos, por haberse hecho por cuantías inferiores a las previstas legalmente, por exigirse teniendo en cuenta una sola anualidad cuando los contratos tenían un plazo plurianual o por compensarse con la garantía prestada para garantizar el contrato anterior”. 

 

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