TCu Informe 1113. Criterios de adjudicación, subcriterios: exige que se determinen específicamente en los PCAP.

TCu Informe 1113. Contratación EELL de Cantabria. Criterios de adjudicación: subcriterios. El empleo de subcriterios y/o sub-baremos exige que se determinen específicamente en los PCAP.

“En los informes de valoración de los contratos números 3, 4, 8, 9, 10, 19, 31 y 36 del Anexo, algunos criterios de adjudicación y/o sus baremos fueron objeto de desglose en subcriterios y/o sub-baremos que no quedaban específicamente determinados en los respectivos PCAP. Este desglose, realizado tras la apertura de los sobres, no resulta conforme con los principios de publicidad, transparencia y objetividad propios de la contratación pública, ya que es en los pliegos donde deben especificarse con precisión los criterios y baremos para la valoración de las ofertas a fin de que puedan ser conocidos con antelación por todas las empresas potencialmente interesadas en las licitaciones para preparar sus ofertas en coherencia con los mismos.

— El PCAP del contrato de servicios de asesoramiento y mediación de seguros privados (número 3 del Anexo), adjudicado por el Ayuntamiento de Camargo, exigía que las mejoras propuestas debían ser valoradas económicamente por las empresas. Aunque ninguno de los tres licitadores aportó dicha valoración económica, las mejoras propuestas se admitieron y valoraron, asignándose diferentes puntuaciones —entre 2 y 6 puntos— según el número de mejoras, a razón de 2 puntos por mejora; sub-baremación que no estaba prevista en el PCAP”. 

 

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