TCu Informe 1113. Contrato de obras, liquidación: debe aprobarse tras la finalización del plazo de garantía.

TCu Informe 1113. Contratación EELL de Cantabria. Contrato de obras: liquidación.  La liquidación del contrato debe aprobarse tras la finalización del plazo de garantía.

“Tampoco se ha aportado la liquidación del contrato, que debió realizarse una vez transcurrido el plazo de garantía de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 218.3 de la LCSP.

Las certificaciones de liquidación de los contratos de obras de aceras en latas, primera fase, y de rotonda de latas, (números 20 y 21 del Anexo, respectivamente), adjudicados por el Ayuntamiento de Ribamontán al Mar, se expidieron antes de que finalizara el plazo de garantía, lo que no se ajustó a lo dispuesto en el artículo 235.3 del TRLCSP”. 

 

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