RTACRC 731/2015. Notificaciones practicadas por correo electrónico (email): nada impone que se haga además por otra vía y nada en la ley prohíbe que se haga exclusivamente por dicha vía. Estando previsto expresamente en la norma y en los pliegos esta forma de notificación, y siempre que se tenga constancia de la entrega del email en la dirección facilitada por el licitador, si por razones estrictamente pertenecientes al círculo interno del licitador, a su organización informática o a los filtros que libremente ha establecido, no haya tenido la persona responsable conocimiento material de la comunicación, la responsabilidad es del licitador, sin que pueda desplazarse al órgano de contratación. Descargar resumen
RTACRC 736/2015. I.Los informe técnicos, por la cualificación técnica de quienes los emiten, están dotados de presunción de acierto y veracidad, admitiéndose prueba en contrario fundada en que son manifiestamente erróneos o que se han dictado en clara discriminación de los licitadores. Descargar resumen II.Los pliegos (de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas) constituyen la ley del contrato, lo que hace que resulte necesario que las proposiciones de los licitadores resulten ajustadas al PCAP y también al PPT. Descargar resumen
JCCA Cataluña 11/2015. Gastos a cargo del contratista en el marco del procedimiento de contratación: gastos de publicación de anuncios de contratos en boletines oficiales y gastos de formalización de los contratos, únicamente, en los casos de elevación a escritura pública y a solicitud del contratista. Los PCAP pueden incluir cláusulas en las cuales se recojan obligaciones impuestas por otras disposiciones normativas. Descargar resumen