RTACRC 815/2015. Información sobre la subrogación empresarial: resulta suficiente para calculas los costes indicar el número de trabajadores, categoría, antigüedad y Convenio.

RTACRC 815/2015. Subrogación empresarial: regulación en el PCAP. Resulta suficiente para calcular los costes laborales que los pliegos faciliten: a) número de trabajadores, b) categoría laboral, c) antigüedad y d) Convenio Colectivo aplicable.

 

La información facilitada en la cláusula 53, bis del PCAP, consiste en el número de los trabajadores a subrogar -18-, junto con la fecha de antigüedad del trabajador y la categoría laboral –encargado, oficial 1ª y oficial 2ª-. Con esta información, estima el Tribunal que es suficiente para que el potencial licitador conozca sin más, el coste laboral de los trabajadores. Si además se identifica en el propio PCAP, el Convenio Colectivo aplicable, cual es en el presente caso, el de Industrias y Servicios de Metal de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, Provincia de Albacete (BOP de 19/9/2012), en el que se detallan los conceptos retributivos a que tienen derecho los trabajadores sometidos al Convenio del sector, y de los que se ha hecho mérito más arriba, al transcribir el informe del órgano de contratación. Toda esa información es más que suficiente, para el cálculo de los citados costes laborales, del personal a subrogar, que pueden hacer los licitadores interesados, para así elaborar y formular su oferta económica.

 

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