RTACRC 27/2016. Actuaciones de la mesa en sesión pública: apertura vs lectura de las ofertas.

RTACRC 27/2016. Actuaciones de la mesa en sesión pública: apertura vs lectura de las ofertas. Es una buena práctica que la lectura de las ofertas se efectúe en acto público, no obstante, la norma no impone la lectura completa de las proposiciones en el mismo acto público de apertura de sobre, quedando el conocimiento de los licitadores garantizado con el acceso a la documentación una vez celebrado el acto.

“(…) Esta finalidad se cumple siempre que se celebre el citado acto público con motivo de la apertura de las ofertas económicas. El hecho de que se dé lectura o no a las ofertas, si bien entiende el Tribunal que es una buena práctica, no supone ninguna infracción, ni siquiera una mera irregularidad respecto a lo dispuesto en el mencionado artículo 144.1 de la LCSP, ya que, como decimos, la mera celebración del acto público –el cual reconoce la propia UTE recurrente en su escrito- supone dar cumplimiento, tanto al tenor literal del citado precepto, como a la finalidad que se persigue por el mismo”.

En la reciente Resolución 234/2015, este Tribunal se ha referido a la interpretación que debe darse al artículo 22.1.c) del Real Decreto 817/2009, cuando indica que la Mesa de Contratación “abrirá las proposiciones presentadas dando a conocer su contenido en acto público, salvo en el supuesto contemplado en el artículo 182.4 de la Ley de Contratos del Sector Público”. Según dicha Resolución: El precepto regula la apertura y publicidad de las ofertas, pero no exige al efecto una lectura de las proposiciones en el mismo acto público de apertura de los sobres. El citado precepto reglamentario no establece ni puede establecer exigencias distintas de las previstas en el propio texto legal (artículo 160.1 del TRLCSP), ni es dable entender que el legislador reglamentario tenga intención de establecer una norma que, en ciertos supuestos, resulte impracticable o inoperante en función del volumen y/o estructura de las propias ofertas económicas. Lo deseable (y lo posible, en la gran mayoría de los casos) es que la lectura de las ofertas económicas se efectúe por la Mesa en el mismo acto público de apertura de los sobres de las ofertas económicas. Pero cuando las circunstancias fácticas lo impidan, es perfectamente lícito y admisible articular mecanismos alternativos para dar a conocer públicamente, en un momento posterior, el contenido de las proposiciones. Consecuentemente, cabe recordar, como ya se ha indicado, que el artículo 160.1 del TRLCSP no impone la lectura completa de las proposiciones en el mismo acto público de apertura de los sobres, y el conocimiento por los licitadores del contenido de las mismas queda plenamente garantizado con su acceso a dicha documentación una vez celebrado el referido acto de apertura”.

Ver texto completo pdf