27 de abril | Sesión informativa sobre La Fábrica de Pliegos (Next Generation + Reserva de contratos + Clasificación UTEs).

Estos últimos meses hemos evolucionado el Proyecto CSP, incorporando y actualizando 2 nuevos aplicativos: 1) La Fábrica de Pliegos, que permite la obtención automatizada de PCAP y 2) El Buscador de PPTs y CPV.

La Fábrica de Pliegos, que ha sido configurada para obtener de forma sencilla un pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) a medida para tus contratos de obras, suministros y servicios, cuya licitación se desarrolle a través de un procedimiento abierto ordinario, abierto simplificado o simplificado abreviado, se encuentra plenamente adaptada para la obtención de pliegos ajustados al RDLey 36/2020, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y las Ordenes 1030/2021 y 1031/2021, para la licitación de contratos Reservados (exigida por la Ley 7/2022) y para la adecuada acreditación de la clasificación por parte de la UTEs, tanto a través de la acumulación como de la integración.

En la sesión formativa que planteamos, trabajaremos con La Fábrica de Pliegos, analizaremos su funcionamiento y obtendremos un PCAP adaptado a la normativa sobre los fondos de regeneración, en el que se prevea la reserva de contratos y se analice el tratamiento de la clasificación en caso de UTEs Te hacemos llegar un enlace al contenido que en su parte final tiene un breve vídeo-tutorial de presentación.




I. Sesión informativa sobre La Fábrica de Pliegos y EL Buscador de PPT y CPVs y los Fondos Next Generation (RDLey 36/2020).

Estos últimos meses hemos evolucionado el Proyecto CSP, incorporando y actualizando 2 nuevos aplicativos: 1) La Fábrica de Pliegos, que permite la obtención automatizada de PCAP y 2) El Buscador de PPTs y CPV.

La Fábrica de Pliegos, que ha sido configurada para obtener, de forma sencilla, un pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) a medida para tus contratos de obras, suministros y servicios, cuya licitación se desarrolle a través de un procedimiento abierto ordinario, abierto simplificado o simplificado abreviado, se encuentra plenamente adaptada para la obtención de pliegos ajustados al RDLey 36/2020, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En la sesión trabajaremos con La Fábrica de Pliegos, analizaremos su funcionamiento, y se obtendrá un PCAP adaptado al Rd Ley 36/2020. Te hacemos llegar un enlace al contenido que en su parte final tiene un breve vídeo-tutorial de presentación.

Por otra parte, mostraremos brevemente como funciona El Buscador de PPTs y CPV, aplicativo diseñado, además de para buscar especificaciones técnicas y cpvs, para conocer y analizar otras cláusulas de los PCAP, como podrían ser los criterios de adjudicación o de solvencia, así como otras cláusulas concretas que se están usando por otras entidades públicas en licitaciones similares. Te hacemos llegar un enlace al contenido que en su parte final tiene un breve vídeo-tutorial de presentación.

Si perteneces al sector público y estás interesado simplemente debes enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y facilitarnos una dirección de correo electrónico de Gmail. Podéis hacer extensiva esta invitación a otras personas de vuestra organización, bastando únicamente que nos facilitéis su nombre y dirección de Gmail.

II. Actualizaciones CSP

Algunas de las últimas actualizaciones que hemos incorporado a la web son las que se relacionan a continuación,

STS de 25 de enero de 2021. El ERTE por fuerza mayor y su compatibilidad con el derecho del concesionario al restablecimiento del equilibrio económico del contrato en el estado de alarma (COVID-19): la suspensión de los contratos como consecuencia de la imposibilidad de ejecución. El ERTE por fuerza mayor es compatible con el derecho del concesionario al restablecimiento del equilibrio económico del contrato. El contratista que se encuentre en la situación descrita en el art. 34.4 párrafo 1º del RDley 8/2020, como se señala en el mismo, deberá dirigir solicitud al órgano de contratación para que pueda adoptarse el pronunciamiento sobre la imposibilidad de ejecución del contrato como consecuencia de dicha situación, cual ha sucedido en el presente caso en que se acuerda la suspensión del servicio como consecuencia del RD 463/2020, de 14 de marzo, y la suspensión de los contratos al declararse expresamente la imposibilidad de ejecución de los contratos de gestión del servicio público de las escuelas infantiles. Descargar resumen download

RTACRC 40/2021. Falta de declaración en el DEUC de la integración de su solvencia con medios externos, a la que posteriormente se acude: error subsanable vs falta de solvencia (exclusión). Aunque un criterio antiformalista debe conllevar a permitir la subsanación del DEUC, lo que no puede aceptarse es convertir el DEUC en un mero trámite sin incidencia alguna, cuyas afirmaciones puedan ser modificadas con posterioridad a la presentación de las ofertas. En este caso no se observa un simple error excusable en su cumplimentación, sino una declaración expresa de que no se acudiría a la capacidad de otras entidades, pese a que el PCAP obligaba a consignar este dato en la documentación administrativa (acompañando de ciertas obligaciones formales), siendo plenamente consciente desde el principio de que no acudía a medios externos, como muestra el hecho de que no es hasta el momento de cumplimentación de la subsanación de la solvencia en el trámite del artículo 150.2 LCSP, cuando introduce ex novo documentación atinente a la integración de su solvencia. Es decir, no existe error en el DEUC presentado, sino inexistencia de la solvencia propia del declarante exigida en el PCAP. Descargar resumen download

TARCCYL 3/2021. Requisitos para el empleo del plan de gestión comercial (ISO/10002) o el Plan de calidad del servicio y gestión ambiental (certificaciones sobre huella de carbono y responsabilidad social) como criterio de adjudicación: vinculación al objeto del contrato, formulación objetiva, respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad y competencia efectiva. El Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado (2018-2025), entre otros, contiene un mandato para una incorporación progresiva en los pliegos de la inscripción del potencial licitador en el Registro de Huella de Carbono como criterio de adjudicación. La implementación de certificados ISO de gestión de las quejas y reclamaciones, huella de carbono y responsabilidad social energética, reflejada como criterios de valoración en los pliegos, es una circunstancia que incide directamente en la calidad del servicio. La relevancia de contar o no con los referidos certificados respecto de la calidad del servicio, acreditará que la empresa que los ostenta, o que ha iniciado los trámites para su obtención, cuenta con los medios materiales y personales, así como que puede realizar los procesos precisos para conseguir un ahorro energético, adquirir determinados estándares de calidad y respeto por el medioambiente, así como para actuar con responsabilidad social. Los certificados que se piden son específicos para el contrato de referencia, no valorándose experiencias previas, sino los que se van a trasladar a este contrato, de qué forma y en qué plazo, desarrollando su implantación y alcances en las ofertas de los licitadores. Los requisitos exigibles a todo criterio de adjudicación son: vinculación al objeto del contrato, formulación objetiva, respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad, no concediendo al órgano de contratación una libertad de decisión ilimitada, y garantía de que las ofertas sean consideradas y evaluadas en condiciones de competencia efectiva. Descargar resumen download

TACP Madrid 265/2020. Imposibilidad de sustituir el DEUC por otras declaraciones responsables: requisito formal de acreditación de la aptitud. El DEUC debe considerarse como un requisito formal en cuanto a la forma de acreditar los requisitos de aptitud para contratar que ha venido a sustituir a las declaraciones responsables que anteriormente hacían los licitadores. Siendo así, el DEUC no puede ser sustituido por otro tipo de declaraciones responsables al margen de citado documento. Descargar resumen download



...................................................................

Si deseas acceder a todos los contenidos, servicios y herramientas del Proyecto CSP, manda un correo a info@contratosdelsectorpublico y te facilitaremos toda la información que necesites.

Un cordial saludo.

El equipo del Proyecto CSP .