STJUE de fecha 14 de enero de 2021. Asunto C-387/19. Posibilidad de presentar pruebas de medidas correctoras o self-cleaning para evitar la exclusión del licitador incurso en prohibición de contratar.

STJUE de fecha 14 de enero de 2021. Asunto C-387/19. Posibilidad de presentar pruebas de medidas correctoras o self-cleaning para evitar la exclusión del licitador incurso en prohibición de contratar (protección mínima a favor del operador económico): efecto directo del artículo 57 de la Directiva en las situaciones contempladas en sus apartados 1 y 4. El artículo 57 de la Directiva, en su apartado 6 párrafo primero, aplica la posibilidad de que un operador económico pueda presentar pruebas de la suficiencia de las medidas correctoras o “self-cleaning” -que haya adoptado para demostrar su fiabilidad y evitar la exclusión- a las situaciones contempladas en sus apartados 1 y 4. El operador económico de que se trate no puede ser excluido del procedimiento de contratación si logra demostrar, a satisfacción del poder adjudicador, que las medidas correctoras adoptadas restablecen su fiabilidad pese a la existencia de un motivo de exclusión que le afecte. Por consiguiente, el artículo 57, apartado 6, de esta Directiva establece una protección mínima a favor del operador económico, independientemente del margen de apreciación que se deja a los Estados miembros para determinar los requisitos de procedimiento de dicha disposición. Ello es tanto más cierto cuanto que el artículo 57, apartado 6, de dicha Directiva establece los elementos fundamentales del régimen de medidas correctoras y del derecho conferido al operador económico indicando los elementos mínimos que deben probarse y los criterios de evaluación que deben respetar. Descargar resumen download